Boletín enero 2020/01

COLABORACIONES:

Tradicionalmente en estas fechas veníamos informando de las variaciones por las diferentes medidas que a través de la “Ley de presupuestos” se aprobaban para su aplicación en el año siguiente (actualización de pensiones; escalas impositivas; nuevos impuestos; actualización SMI; ahora será también implantación Ingreso Mínimo Vital, etc. etc.).

Sin embargo con la actual situación política que tenemos en España, al estar “el gobierno en funciones” y/o no estar seguro de los apoyos finales y sus correspondientes contrapartidas, seguimos sin tener presupuestos para este próximo año, pero sí ha quedado aprobado el Real Decreto-Ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de Seguridad Social que paso a resumir seguidamente en los aspectos más significativos y/o de mayor alcance, con respecto a:

  • IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS/IRPF:
    Se prorrogan para el período impositivo 2020 los límites cuantitativos que delimitan el ámbito de aplicación de método de estimación objetiva para las actividades económicas incluidas en el ámbito de aplicación de dicho método, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.
    Magnitudes excluyentes de carácter general:

    • Volumen de ingresos en el año inmediato anterior superior a 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales. Se computarán la totalidad de las operaciones, exista o no obligación de expedir factura. Las operaciones en las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario, no podrán superar 125.000 euros.
    • Volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas superior a 250.000 euros.
    • Volumen de compras en bienes y servicios en el año inmediato anterior, excluidas las adquisiciones del inmovilizado, superior a 250.000 euros.
      (Se modifica la DT 32ª LIRPF). Además, se establece un nuevo plazo de renuncia o revocación, hasta el 29 de enero de 2020.
  • IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO/IVA:
    Se prorrogan para el período impositivo 2020 los límites cuantitativos que delimitan el ámbito de aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.
    Magnitudes excluyentes de carácter general:

    • Volumen de ingresos en el año inmediato anterior superior a 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales.
    • Volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas superior a 250.000 euros.
    • Volumen de compras e importaciones en bienes y servicios en el año inmediato anterior, excluidas las adquisiciones del inmovilizado, superior a 250.000 euros.
      (Se modifica la DT 13ª LIVA). Además, se establece un nuevo plazo de renuncia o revocación, hasta el 29 de enero de 2020.
  • IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO NETO
    Se modifica el Real Decreto-Ley 13/2011, de 16 de septiembre, por el que se prorroga para 2020 el mantenimiento del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio 2020.
  • ACTIVIDADES PRIORITARIAS DE MECENAZGO
    El artículo 5 del Real Decreto Ley 18/2019 de 27 de Diciembre indica que se considerarán actividades prioritarias de mecenazgo las enumeradas en la Disposición adicional septuagésima primera de la Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
    La incorporación de este listado de actividades mediante un real decreto-ley se justifica en aras del principio de seguridad jurídica, pues de otro modo su aplicación durante dicho ejercicio no podrá llevarse a cabo hasta que no apruebe por una norma de rango legal dado que no cabe entender prorrogado automáticamente el precepto que las regula para el año 2019, lo que incidiría negativamente en la promoción y fomento de tales actividades.

Información de la AEAT

16-12-19 Declaraciones informativas 2019
Se publica el portal «Declaraciones informativas 2019» que reúne la información y las novedades referidas a las formas y plazos de presentación. La presentación de estas declaraciones podrá realizarse a partir del 1/01/2020.

20-12-19 Calendario del contribuyente 2020
Está disponible el calendario del contribuyente para el ejercicio 2020.

20-12-19 Modificación del NIF IVA aplicable a empresas holandesas a partir del 01/01/2020
Se ha recibido comunicación de la Comisión Europea sobre la modificación del NIF IVA (en holandés: btw identificatienummer / btw-id) aplicable a contribuyentes residentes en Holanda (empresarios privados) con efectos 1 de enero de 2020.

20-12-19 Proyecto de Orden de modificación de varias declaraciones informativas.

Entre los mismos cabe destacar por afectar a un mayor numero de contribuyentes, los indicados en negrita:

Próximamente se publicará en el BOE el Proyecto de Orden por la que se modifican la

  • Orden de 18 de noviembre de 1999, por la que se aprueban los modelos 123, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso y los modelos 193, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas y sobre determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, y los modelos 124, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso y los modelos 194, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta de los citados impuestos derivados de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.
  • Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 198, de declaración anual de operaciones con activos financieros y otros valores mobiliarios.
  • Orden EHA/3300/2008, de 7 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 196, sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.
  • Orden EHA/3377/2011, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario.
  • Orden HAP/2118/2015, de 9 de octubre, por la que se aprueba el modelo 280, « Declaración informativa anual de Planes de Ahorro a Largo Plazo».
  • Orden HAP/2250/2015, de 23 de octubre, por la que se aprueba el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas.
  • Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.

30-12-19 Se ha publicado en el BOE num. 312 de 28/12 el Real Decreto-Ley 18/2019, de 27 de diciembre.

PRINCIPALES OBLIGACIONES PERIODICAS ENERO

RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA

20 Enero IRPF-111/115/117/123/124/126/128/216/230 Mes de Diciembre 2019. Grandes Empresas.
20 Enero IRPF-111/115/117/123/124/126/128/136 Cuarto Trimestre 2019. Regimen General

PAGOS FRACCIONADOS A CUENTA RENTA

30 Enero IRPF- 130/131 Cuarto trimestre 2019. Estimación directa y estimación objetiva.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

30 Enero IVA-303 Mes de Diciembre 2019. Autoliquidación.- (SII – REDEME).
30 Enero IVA-303 Cuarto trimestre 2019. Autoliquidación.- Régimen General.
30 Enero IVA-308/309 Solicitud devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales. Y no periódica.
30 Enero IVA-349 Cuarto Trimestre 2019 y Diciembre 2019. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. (Entregas y adquisiciones)
30 Enero IVA-390 Resumen Anual, ejercicio 2019.
31 Enero IVA Solicitud de aplicación del porcentaje provisional de deducción distinto del fijado como definitivo en el año precedente: sin modelo.

Como norma general para domiciliar el importe de cada uno de estos modelos deberán presentarse telemáticamente CINCO DIAS ANTES DEL ULTIMO DIA DE PLAZO HABITUAL DEL MODELO

DECLARACIONES INFORMATIVAS

31 Enero IRPF-180/188/190/193/194 Resumen Anual 2019. Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades economicas, premios,derivadas de acciones, y participaciones por capital mobiliario, rentas de arrendamiento de inmuebles urbandos, personas autorizadas y saldos de cuenta.
31 Enero MOD. 165 Declaración Informativa certificaciones individuales emitidas a socios y participes de entidades de nueva o reciente creación. Declaración anual 2019.
31 Enero MOD. 182 Declaración Informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas .Declaración anual 2019.
31 Enero MOD. 184 – Declaración Informativa de entidades en régimen de atribución de rentas. .Decl. anual 2019.
31 Enero MOD. 233 Declaración Informativa por gastos en guarderías o centros de Educación Infantil Autorizados. Declaración anual 2019.

CORA SL