Boletín abril 2020/04

COVID-19

Todas las informaciones que se produzcan en los siguientes días, disponibles en nuestra página de Facebook: https://www.facebook.com/coraconsulting/.

Como son muchas las noticias que van apareciendo, aprovechamos este boletín para destacar las que, en nuestra opinión, más nos pueden afectar a todos nosotros de forma resumida y esquematizada:

  • Artículo 4. Garantía de suministro de agua y energía a consumidores vulnerables.
  • Artículo 5. Carácter preferente del trabajo a distancia.
  • Artículo 6. Derecho de adaptación del horario y reducción de jornada.
  • Artículo 7. Moratoria de deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual.
  • Artículo 8. Ámbito de aplicación de la moratoria de deuda hipotecaria para la adquisición de vivienda habitual.
  • Artículo 9. Definición de la situación de vulnerabilidad económica.
  • Artículo 17. Prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
  • Artículo 22. Medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor.
  • Artículo 23. Medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión y reducción de jornada por causa económica, técnica, organizativa y de producción.
  • Artículo 24. Medidas extraordinarias en materia de cotización en relación con los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza mayor relacionados con el COVID-19.

Sección. 1.ª Línea de avales para las empresas y autónomos para paliar los efectos económicos del COVID-19:

  • Artículo 29. Aprobación de una Línea para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos.
  • Artículo 33. Suspensión de plazos en el ámbito tributario. QUE NO AFECTA A LA PRESENTACION DE DECLARACIONES Y AUTOLIQUIDACIONES TRIBUTARIAS.
  • Artículo 40. Medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado. REGULA LA AMPLIACION DEL PLAZO EN CUANTO A LA LEGALIZACION DE LIBROS Y APROBACION DE CUENTAS.
  • Artículo 42. Suspensión del plazo de caducidad de los asientos del registro durante la vigencia del real decreto de declaración del estado de alarma. Como siempre, estas disposiciones las enviaremos caso de solicitarlo sin coste alguno. Independientemente de estar a vuestra disposición para aclarar y/o ayudar sobre las actuaciones que podáis precisar sobre estas medidas y en estos momentos tan difíciles. Un saludo muy cordial para todos y mucho ánimo para estos días tan complicados. Fdo.: Mariano Sancho

Información de la AEAT

  • 13-03-20 Medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19
    Se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, entre las que se encuentra el aplazamiento de una serie de deudas tributarias.
  • 13-03-20 Aviso importante: ampliación de los plazos en los procedimientos tributarios
    Los plazos en los procedimientos tributarios van a ser ampliados mediante un cambio normativo inminente. No se preocupe si tiene un trámite pendiente. En tanto se aprueba el cambio normativo la Agencia es consciente de la situación y no considerará incumplido el plazo.
  • 15-03-20 Cierre de Oficinas para atención presencial
    Las Oficinas de la AEAT estarán TEMPORALMENTE CERRADAS PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL debido al estado de alarma declarado mediante RD 463/2020.
  • 16-03-20 Se suspenden los plazos administrativos debido al estado de alarma pero no se interrumpen los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias
  • 14-03-20 Real Decreto 463/2020: por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que establece:Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
  • 18-03-20 Medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19
    Se adoptan medidas urgentes de carácter extraordinario para responder al impacto económico y social ocasionado por el COVID-19.
  • 19-03-20 Se aprueban los modelos de declaración del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2019, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos Orden HAC/253/2020, de 3 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2019, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos.
  • 23-03-20 Portal Renta 2019
    Se publica el Portal de campaña de Renta 2019 con los contenidos informativos disponibles, de modo que todos los ciudadanos que lo deseen puedan adelantar las gestiones dirigidas a la presentación de su declaración de Renta 2019, cuyo plazo comienza el próximo 1 de abril.

APLAZAMIENTOS DE DECLARACIONES

Os recordamos que según el contenido del art. 14 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. Se podrán aplazar “todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta el día 30 de mayo de 2020”, incluidas retenciones, para todas aquellas empresas que facturen menos de 6.010.121,04 €.
Las condiciones del aplazamiento serán:
* El plazo será de 6 meses * No se devengarán intereses de demora durante los 3 primeros meses.

Subvenciones, Ayudas, Otras Leyes y Normas

MEDIDAS APROBADAS POR EL GOBIERNO DE ARAGON: ORDEN HAP DE 13/03/2020

POR LA QUE SE ADOPTAN MEDIDAS TEMPORALES Y EXCEPCIONALES RELATIVAS A LA PRESENTACIÓN Y PAGO DE DETERMINADOS IMPUESTOS GESTIONADOS POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

– La orden dispone textualmente:

  • Primero. Ampliación de los plazos para la presentación y pago de determinados impuestos.
    Los plazos para la presentación y pago de los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre Sucesiones y Donaciones, y Tributos sobre el Juego, se amplían por período de 1 mes respecto al que legal y/o reglamentariamente corresponda a cada tributo.
  • Segundo. Presentación telemática.
    Las medidas anteriores se entienden sin perjuicio de la posibilidad que tienen los contribuyentes de efectuar la presentación y el pago de dichos impuestos por medios telemáticos.
  • Tercero. Habilitaciones al Director General de Tributos.
    Se habilita al Director General de Tributos para que, mediante Resolución, prorrogue la ampliación de los plazos por períodos iguales, si así lo requiere la persistencia de la situación de emergencia.
    Asimismo, al objeto de minimizar, en la medida de lo posible, la asistencia presencial a las oficinas de la Administración Tributaria, además de la habilitación a que se refiere el párrafo segundo del punto anterior, se habilita al Director General de Tributos para que, mediante Resolución, adopte las medidas oportunas, priorizando la atención telefónica o a través de los correos electrónicos habilitados al objeto.

Respuestas a consultas publicadas y/o Sentencias Fiscales

Tribunal Supremo 13/02/2020: La sentencia reconociendo el derecho a la tarifa plana de 60 € para los autónomos societarios, posibilita la solicitud de reclamación de cuotas recaudadas indebidamente por el criterio restrictivo aplicado por la TGSS
Posibilita esta sentencia reclamar la devolución de la cuota de autónomo societario, abonada por imposición del criterio restrictivo de la TGSS. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la LGSS, el plazo de prescripción para solicitar la devolución de cuotas por ingresos indebidos es de cuatro años, a contar desde el día siguiente al ingreso, por tanto, la prescripción se producirá trascurridos cuatro años desde el abono de la primera cuota, mes a mes.
Para solicitar la reclamación podrá utilizarse el modelo oficial de solicitud de devolución por ingresos indebidos, teniendo la TGSS el periodo de seis meses para su resolución. Contra la que cabe interponer recurso de alzada, con otro plazo de tres meses para su resolución. A partir de entonces queda expedita la vía judicial mediante la interposición de recurso Contencioso-Administrativo.

PRINCIPALES OBLIGACIONES DE ABRIL 2020

1 Abril IRPF Y PATRIMONIO.- Inicio campaña presentacion por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2019, La confirmación y/o presentación por telefono de Renta 2019 esta previsto se inicie el 7 de mayo. De forma “presencial” se iniciara el proximo 13 de mayo así como la presentación en entidades colaboradoras finalizando el plazo con resultado a ingresar y domiciliación en cuenta, el 25 de junio.

AEAT: NO SE INTERRUMPEN LOS PLAZOS PARA LA PRESENTACION DE DECLARACIONES Y AUTOLIQUIDACIONES TRIBUTARIAS. Al menos según la información a día de hoy.

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Historico/2020/No_se_interrumpen_los_plazos_para_la_presentacion_de_declaraciones_y_autoliquidaciones_tributarias.shtml

La suspensión de los términos y la interrupción de los plazos administrativos que se establecen en el Real Decreto que declara el estado de alarma, no será de aplicación a los plazos tributarios, sujetos a normativa especial, ni afectará, en particular, a los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias. BOE – Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo.

RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA

20 Abril IRPF-111/115/117/123/126/230 Mes de Marzo 2020. Grandes Empresas.
20 Abril IRPF-111/115/123/136 Primer Trimestre 2020. Regimen General

PAGOS FRACCIONADOS A CUENTA RENTA

20 Abril IRPF- 130/131 Primer trimestre 2020. Estimación directa y estimación objetiva.

PAGOS FRACCIONADOS SOCIEDADES

20 Abril SOC-202 Regimen general del ejercicicio en curso 2020 – 2P.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

20 Abril IVA-349 Marzo 2020 y Primer trimestre 2020. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
20 Abril IVA-309 Primer Trimestre 2020. Declaración liquidación no periódica.
20 Abril IVA-303 Primer trimestre 2020. Autoliquidación.- Régimen General.
30 Abril IVA-303 Mes de Marzo 2020. Autoliquidación.- (SII – REDEME).

Como norma general para domiciliar el importe de cada uno de estos modelos deberán presentarse telemáticamente CINCO DIAS ANTES DEL ULTIMO DIA DE PLAZO HABITUAL DEL MODELO

DECLARACIONES INFORMATIVAS

12 Abril MOD INTRASTAT – Declaración informativa de carácter estadístico operaciones intracomunitarias.
30 Abril MOD. 179 Primer Trimestre. Declaración Informativa de la cesión de viviendas con fines turísticos.

OBLIGACIONES – MERCANTIL

31 Marzo Formulación de las cuentas anuales ejercicio 2019 – Administradores / Ampliado el plazo en base al Art. 40 R.D. Ley 8/2020 de 17/03.
30 Abril Legalización libros contables ante REGISTRO MERCANTIL – AQUÍ SI HAN AMPLIADO EL PLAZO

CORA SL